Primera:
La promoción pertenece a Grupo Roble y es patrocinada
por Agencia Datsun y su marca NISSAN y las tarjetas de crédito
del Grupo Financiero Uno y sus marcas: AVAL CARD Y BANCO
UNO para desarrollarse en Multiplaza del Este y Escazú. |
Segunda: Solamente
podrán participar en esta promoción personas
mayores de dieciocho años que cuenten con un documento
de identificación válido y al día,
reconocido por el Gobierno de la República de Costa
Rica. Bajo ninguna circunstancia se aceptará la participación
de menores de edad, ni siquiera con autorización
de sus padres. NO PARTICIPAN PERSONAS JURÍDICAS.
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Tercera:
Esta promoción aplica y estará vigente con
independencia de cualquier promoción o actividades
relacionadas que lleven a cabo los negocios en forma particular,
y durante el período de vigencia de la misma.
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Cuarta:
PERÍODO DE LA PROMOCIÓN, el
período será del diez de junio del dos mil
cinco, al quince de agosto del dos mil cinco, con la realización
de varios sorteos y un sorteo final
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Quinta: FORMA
DE PARTICIPAR. Toda persona que desee participar en la promoción
o reclamar un premio, deberá tener conocimiento de
este Reglamento, ya que la aceptación y recibo de
cada premio conlleva la forzosa e ineludible obligación,
de conocer las condiciones de participación, así
como las condiciones, limitaciones y responsabilidad, no
solo de este reglamento, sino las que en virtud de este
mismo documento conlleva el reclamo y aceptación
de cada premio.
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Sexta: La presente
es una promoción EXCLUSIVA para consumidores finales,
en la cual se requiere la compra de productos en los puntos
de venta, en cualquier de los Centros Comerciales de Multiplaza,
y desde luego cumplir con los requisitos reglamentarios
en la forma que se indica más adelante.
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Sétima: Durante
el período en que la promoción se encuentre
vigente, los interesados en participar podrán hacerlo
dentro del horario de cada centro comercial Multiplaza,
de la siguiente forma: por cada diez mil colones de compra
en las tiendas, sea en una misma compra o en varias compras
(siempre y cuando CADA compra sea como mínimo por
la suma mil colones) el consumidor recibirá un cupón
promocional, si la compra o compras las realiza con una
tarjeta de crédito emitida por AVAL CARD o por Banco
Uno, la persona recibirá un triple cupón para
participar en esta promoción en los puestos promocionales
ubicados en cada centro comercial . Queda claro que las
facturas por sumas inferiores a mil colones no serán
tomadas en cuenta para el cálculo de los diez mil
colones. Las facturas deben de ser emitidas por los negocios
ubicados en cada Centro Comercial Multiplaza, en Costa Rica,
en los que la compra fue realizada; es decir, si una persona
compra en Multiplaza de Escazú, solamente en ese
centro comercial podrá reclamar cupones, al igual,
si la compra es realizada en Multiplaza del Este, únicamente
en Multiplaza del Este podrá reclamar los cupones
correspondientes a esa compra. Las compras deben de ser
realizadas en el período de vigencia de esta promoción.
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Octava: El
patrocinador entregará UN CUPON por cada diez mil
colones adquiridos en una o varias compras, de conformidad
con las dos cláusulas anteriores, es decir, en las
tiendas de cada centro comercial, durante el período
de vigencia de esta promoción. Los montos que no
alcancen la suma de diez mil colones, o bien si existiese
excedentes en las facturas que no alcancen un múltiplo
exacto de dicha suma, no recibirán cupones, y por
consiguiente no tendrán derecho para participar en
esta promoción.
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Novena: Los
cupones promocionales deberán ser depositados en
los buzones rotulados que se ubicarán en el centro
de información, y un puesto de aval en cada Centro
Comercial
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Décima :
Cada cupón promocional que el consumidor reciba,
deberá ser completado con los datos personales del
participante, sean estos al menos: nombre completo (nombre
y dos apellidos), dirección y teléfono dónde
localizarle, dirección electrónica, si tuviese,
número de factura y punto de venta en que se realizó
la compra, y número de cédula de identidad
o documento de identificación válido y al
día. Si la persona participante no tiene teléfono
en su casa o lugar de trabajo, deberá consignar uno
que corresponda a un vecino o un familiar cercano, para
ser localizado. PREMIOS.
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Décima Primera: La presente promoción
sorteará un vehículo marca NISSAN, modelo
X TRAIL, año dos mil seis, dos tarjetas de regalo
con un límite de dos mil quinientos dólares
cada una, de las cuales una se podrá utilizar en
los comercios ubicados en los centros comerciales Multiplaza
Escazú y Multiplaza del Este y la otra tarjeta en
el centro comercial Multiplaza Pacific en Ciudad Panamá,
dos tiquetes aéreos ida y regreso a Ciudad Panamá,
estadías para dos personas en el Hotel Marriott CourtYard
en ciudad Panamá, con desayuno incluido
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Décima Segunda:
Los premios de esta promoción cuentan con las condiciones
y limitaciones indicadas en este reglamento, a las cuáles
deberá adherirse cada favorecido para poder ser declarado
como ganador. SORTEOS Y DIVULGACIÓN
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Décima Tercera:
Elsorteo final se realizará en uno de los Centros
Comerciales Multiplaza, el que Grupo Roble defina oportunamente,
en un acto público. La fecha del sorteo final será
el día veintidós de agosto del dos mil cinco.
El día de cada sorteo, todos los cupones participantes
serán reunidos y se procederá a mezclarlos
suficientemente. De entre el total de cupones participantes
se procederá a escoger al azar y aleatoriamente al
favorecido de esta promoción en cada sorteo, quien
deberá cumplir con los requisitos indicados en este
reglamento para poder ser elegido. Además durante
la vigencia de la promoción se realizarán
sorteos periódicos los días veinticuatro de
junio, ocho de julio, veintidós de julio, y cinco
de agosto, en donde se rifarán ordenes de compra
en las tiendas ubicadas en los centros comerciales Multiplaza.
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Décima Cuarta:
Cada uno de los sorteos se llevarán a cabo frente
a un representante de Grupo Roble y un Notario Público,
quién levantará el acta respectiva.
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Décima Quinta:
Las personas favorecidas en cada sorteo , serán contactadas
por ejecutivos de mercadeo de cada uno de los centros comerciales,
para constatar la identidad y los datos del participante,
y para determinar si cumple con los requisitos para ser
declarados como ganadores en cada sorteo. Este aviso se
realizará mediante llamada al número telefónico
indicado en el cupón promocional.
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Décima Sexta:
Cada favorecido será declarado ganador, en el momento
que acepte lo que incluye el premio con todas sus condiciones
y limitaciones, sean las indicadas en este reglamento y
las que los premios tengan en virtud del proveedor, y siempre
y cuando firme el documento de aceptación del premio.
RECLAMO DE PREMIO.
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Décima Sétima:
El plazo máximo para reclamar el premio de cada sorteo,
por parte de cada ganador, será de treinta días
naturales posteriores a partir de la notificación
al ganador, por parte del patrocinador. La entrega se realizará
donde indique Grupo Roble posteriormente. Pasada esa fecha,
caducará el derecho de reclamar o hacer efectivos
los premios y el patrocinador no reconocerá el premio,
y por lo tanto no se verá en la obligación
de satisfacerlo. Una vez reclamado el premio, el patrocinador
definirá y comunicará a cada favorecido la
fecha, lugar y hora en que sus premios le serán oficialmente
entregados. Si el premio no se hiciere efectivo o si fuese
rechazado, por las razones que sean, será propiedad
de Grupo Roble o de Centro Comercial Multiplaza, quién
dispondrá de este en la forma que más le parezca.
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Décima Octava: Cada
premio deberá ser reclamado ÚNICAMENTE por
la persona que fue declarada como favorecida, quien deberá
presentar su cédula de identidad o documento de identificación
válido y al día, (sea la que aparece con datos
personales en el cupón favorecido). En caso de fuerza
mayor, en que el favorecido no pueda presentarse a la entrega
del premio, deberá otorgar un poder especial para
que una tercera persona asista al acto y reciba los premios
en su nombre. Este documento deberá ser entregado
al patrocinador con al menos con una semana de antelación
a la fecha de la entrega para su aprobación. CUPONES
PROMOCIONALES PARTICIPANTES.
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Décima Novena : Los
cupones que participan en esta promoción deben ser
ORIGINALES y encontrarse en buen estado de conservación.
Por lo tanto no se aceptarán fotocopias, facsímiles,
imitaciones o reproducciones de cupones por cualquier medio,
ni los que incumplan en general con este Reglamento. Si
el día de un sorteo los datos consignados en un cupón
no son legibles, o no permiten identificar al participante
o su dirección, entonces ese cupón será
desechado.
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Vigésima: Una
vez que haya sido entregado cada cupón promocional,
el tiquete de compra será sellado por las personas
asignadas en los kioscos indicados, con el fin de que no
sea reutilizado para solicitar cupones posteriormente. No
se podrán utilizar copias de facturas de compras
para solicitar cupones, ni tampoco facturas de crédito
sino que deberán ser facturas canceladas, facturas
que deberán emitidas dentro del plazo de vigencia
de esta promoción
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Vigésima Primera: El último
día para poder reclamar y depositar los cupones participantes
en los buzones, será el quince de agosto del dos
mil cinco a las veintiún horas. Todos los cupones
recibidos después de esta fecha y hora, no podrán
participar en esta promoción.
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Vigésima Segunda:
Los cupones se encuentran numerados consecutivamente para
su mayor seguridad. RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES.
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Vigésima Tercera: En los cupones
y en la publicidad de la presente promoción se ha
consignado la frase “APLICAN RESTRICCIONES”,
en señal de que la participación de los interesados,
así como la propia promoción y los premios,
están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas
condiciones y restricciones son las que se indican en este
reglamento.
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Vigésima Cuarta:
Cualquier asunto que se presente con la promoción
y que no se encuentre previsto en el presente reglamento,
será resuelto por Grupo Roble, o en su defecto por
Centro Comercial Multiplaza S,A,, en estricto apego a las
leyes de la República.
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Vigésima Quinta: El simple acto de
depositar el cupón de participación como se
describe en este reglamento, dará por hecho que los
y las participantes, conozcan de las existencias de las
condiciones y limitaciones de la promoción, los premios
y condiciones, a las cuáles se han adherido.
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Vigésima Sexta: Los consumidores
podrán exigir su cupón promocional, únicamente
cuando se haya verificado la cancelación de la compra
y los montos reglamentarios, es decir que la misma conste
en la factura respectiva. Esta entrega será instantánea
e inmediata.
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Vigésima Sétima:
Los cupones y las facturas para reclamarlos que no sean
originales, los que presenten alteraciones, borrones, tachaduras,
roturas o que se encuentren en mal estado de conservación,
así como los cupones en los que no sean legibles
los datos personales de la persona participante, serán
desechados. La simple duda sobre la originalidad o sobre
la identidad o datos de localización del participante,
hará que el cupón no sea tomado en cuenta.
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Vigésima Octava: Si Grupo Roble o
los ejecutivos del Departamento de Mercadeo de Centro Comercial
Multiplaza, y Centro Comercial Multiplaza del Este por algún
motivo no puedan localizar a una persona que resultó
favorecida, porque ésta brindó mal sus datos,
ello no generará responsabilidad de ningún
tipo para el Grupo Roble, Centro Comercial Multiplaza ,
y Centro Comercial Curridabat, ni para los copatrocinadores,
y el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización
alguna posterior al sorteo. Es importante que cada interesado
se asegure de consignar en forma correcta sus datos personales,
pues será la única forma que tendrá
el patrocinador de localizarle.
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Vigésima Novena: Deberá
haber total coincidencia entre los datos anotados en el
cupón, y el documento de identificación del
favorecido; de otro modo el premio no será entregado.
El hecho de que aparezca un número de cédula
o identificación legible, pero no así el nombre,
o cualquier otro dato del participante, o viceversa, no
dará derecho al premio.
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Trigésima: El
patrocinador podrá verificar los datos aportados
por el participante tanto antes como después del
sorteo. Las personas que no cumplen con los requisitos reglamentarios,
serán descalificadas.
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Trigésima Primera:
Bajo ninguna circunstancia, el patrocinador reconocerá
el reclamo de un premio, que no esté amparado a la
presentación del documento de identidad del favorecido.
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Trigésima Segunda:
El patrocinador reconocerá únicamente
como favorecido al titular del cupón que resultó.
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Trigésima Tercera:
Cada favorecido deberá firmar conforme el recibo
de su premio, aceptando todas las limitaciones y condiciones
que el premio represente y de tal forma liberará
al patrocinador de toda responsabilidad. En el evento injustificado
de haber aceptado un premio, pero por la circunstancia que
sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo,
el favorecido perderá su derecho al premio. De esta
circunstancia se levantará un acta notarial.
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Trigésima Cuarta:
El derecho del premio y los premios en sí, no son
transferibles, negociables. Estos premios serán entregados
únicamente a cada persona que resultó favorecida
en el sorteo correspondiente de la presente promoción.
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Trigésima Quinta: Con
el fin de hacer público el resultado de la promoción,
las personas que resultaron favorecidas autorizan a que
sus nombres e imagen aparezcan en publicaciones y demás
medios publicitarios y en general en todo material de divulgación
de las actividades posteriores a la promoción, como
entrega, recibo y utilización de los premios, sin
que implique remuneración o compensación adicional,
ni reclamos por derechos de imagen.
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